SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

por falta de publicaciones del aviso de remate

Las normas del Código de Procedimiento Civil, citadas precedentemente han establecido que la nulidad de la subasta debe ser planteada dentro de tercero día, de efectuado el remate, y únicamente procede declararlo nulo por falta de publicaciones del aviso de remate; sin embargo, también ha referido que, la nulidad no procede, si el acto aunque irregular, ha logrado su finalidad; salvo que se hubiere provocado indefensión.