Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2016-S1
Fecha: 07-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia que, como consecuencia del Memorándum 1143/2014, la UAGRM le notificó invitando y haciendo conocer el pre-aviso con conminatoria de hacer uso de sus derechos constitucionales de jubilación; interrumpiéndose de esta manera la relación laboral, sin respetar su derecho al fuero sindical del que gozaba como miembro del Directorio del Sindicato de Trabajadores Universitarios de la mencionada Universidad, vigente desde el 16 junio de 2014 a 15 de junio de 2016.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ¿De acuerdo a la Constitución Política del Estado, el empleador, al comunicarle a una trabajadora que cumplió sesenta y cinco años de edad, tope para la jubilación establecida por la legislación vigente, y desvincularle de su relación laboral, sin respetar la condición de miembro del Directorio de Trabajadores, vulneró el derecho al fuero y la estabilidad laboral?
- III.2. La función de los derechos fundamentales de las trabajadores y los trabajadores en el Estado Plurinacional y su protección mediante la acción de amparo constitucional
- II.
- IV.
- derecho a la jubilación
- III.4.
- REVOCAR