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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016-S1

    Fecha: 07-Ene-2016

    II.4.

    II.4. El 25 de septiembre de 2013, Mauricio Sergio Roca Molina, Director General Ejecutivo de FONDESIF, mediante memorial interpuso recurso de apelación restringida contra la Sentencia 63/2013, con el argumento que se realizó una valoración defectuosa de la prueba, existe deficiente fundamentación, solicitando que se anule dicha Sentencia y se disponga el juicio de reenvío (fs. 90 a 94 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 16
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 18
    • III.2.De la acción de amparo constitucional
    • contra actos consentidos libre y expresamente,
    • las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
    • III.4.Sobre la fundamentación y motivación que debe contener las resoluciones judiciales
    • III.5.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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