Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2016-S1
Fecha: 14-Ene-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante a traves de su representante denunció como lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso en sus vertientes a la defensa, “continuidad”, presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva, además al principio de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 115.II, 117.I y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- un rechazo in límine
- los jueces o tribunales ordinarios,
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- 2°