SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S3

Fecha: 08-Ene-2016

errónea valoración de la prueba

Respecto a la denuncia de errónea valoración de la prueba, es preciso señalar que si bien la jurisdicción constitucional excepcionalmente puede revisar aspectos relacionados con la valoración de la prueba, prima facie esta labor resulta ser una potestad inherente a  otras jurisdicciones, en el caso de análisis y los argumentos que sustentan la presente acción de defensa no se advierte una fundamentación objetiva y precisa, por la cual se demuestre en qué consiste y cuál el apartamiento de los marcos de razonabilidad o equidad en los que presuntamente incurrieron las autoridades demandadas, carga argumentativa que eventualmente hubiera permitido a este Tribunal realizar el análisis excepcional extrañado, por lo que sobre este punto corresponde denegar la tutela solicitada.

Finalmente con relación a la reclamada vulneración a los derechos a la justicia pronta y oportuna vinculada a los principios de celeridad, legalidad y verdad material, a la defensa, a ser juzgado en un plazo razonable y a la tutela judicial efectiva, las mismas no fueron debidamente acreditadas, a más de advertirse que la parte accionante circunscribió los argumentos de su acción y petitum  en la dictación de una nueva Resolución, sustentando esencialmente su reclamación del derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación, motivación y errónea valoración de la prueba; por lo que, tal alegación debe ser denegada.