Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
II.7.
II.7. Mediante memorial presentado el 20 de diciembre de 2013, el ahora accionante respondió a la apelación interpuesta por el Ministerio Público, observando extemporaneidad en la presentación del recurso, así como ausencia de fundamentación e incongruencia en el mismo, pidiendo que se declare extemporáneo (fs. 91 a 93). Reiterando dicha petición ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz a través del memorial presentado el 27 de febrero de 2014 (fs. 97 a 98).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Análisis del caso concreto
- errónea valoración de la prueba
- CONFIRMAR en parte