Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
II.5.
II.5. Mediante decreto de 22 de noviembre de 2013, el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal citado supra, dispuso traslado a los sujetos procesales con el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, así como la remisión del cuaderno procesal una vez cumplidos los tres días concedidos para que se pronuncien los sujetos procesales (fs. 72).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Análisis del caso concreto
- errónea valoración de la prueba
- CONFIRMAR en parte