SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2016-S3

Fecha: 08-Ene-2016

no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,

En ese marco, este Tribunal vía jurisprudencia -en el ámbito de las acciones de defensa-, a partir de la SCP 0294/2012 de 8 de junio, que cita a la SC 1358/2003-R de 18 de septiembre, estableció que esta acción tutelar: “…ʽno es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias, lo que significa que sólo se activa en aquellos casos en los que se supriman o restrinjan los derechos fundamentales o garantías constitucionales, por lo mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismasʼ(las negrillas nos corresponden). (entendimiento reiterado en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0254/2012, 0362/2012, 0108/2012 y 1687/2012 entre otras).