SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2016-S3

Fecha: 14-Ene-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso, por cuanto dentro del proceso de recusación presentado contra el Juez Cuarto de Instrucción en lo Civil del departamento de Tarija, la autoridad ahora demandada resolvió la controversia, mediante Auto de 29 de noviembre de 2013, sin percatarse que no tenía facultad para analizarla en virtud a la vigencia anticipada del régimen de la recusación prevista en la Disposición Transitoria Segunda del Código Procesal Civil, misma que prevé que la instancia competente es la “Sala Civil de turno” del Tribunal Departamental de Justicia.