SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2016-S1

Fecha: 29-Ene-2016

Fragmento 21

Según se tiene descrito en la Conclusión II.3 de este fallo, la Resolución 01/2015, mediante la cual, Clemente Márquez Laura, Juez de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Sorata provincia Larecaja del departamento de La Paz, se excusó de conocer la causa, refirió que:“…el suscrito Juez que ya conoció anteriormente un proceso de usucapión seguido por las mismas partes, tal como se evidencia en la Resolución No. 06/2013, por las mismas personas y por la misma causa, tal como se evidencia en la Resolución, en este sentido la actuación efectuada por el suscrito Juez al haber dictado la sentencia ya indicada ha emitido juicio de valor; subsumiendo este hecho en el numeral 9 del Artículo 20 del CPC, concordante con el art. 3 de la Ley 1760…” (sic); es decir, legalmente sustentó la causal de su excusa en el art. 20.9 del CPC en concordancia con el art. 3 de la LAPCAF, sin precisar el numeral de dicho precepto legal.