SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016-S3

Fecha: 18-Ene-2016

I.1. Contenido de la demanda

Se encuentra detenido preventivamente en el Recinto Penitenciario “Palmasola” de Santa Cruz, como emergencia del proceso penal seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de estafa agravada, proceso dentro del cual conforme al art. 27 nums. 5, 6 y 7 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el 10 de agosto de 2015, presentó solicitud de extinción de la acción penal y una vez decretada la audiencia para el 14 del mismo mes y año, fue suspendida por no habérsele notificado en el Centro Penitenciario donde está recluido, señalándose nueva audiencia para el 2 de septiembre de igual año, sin verificarse que el Oficial de Diligencias aún no había notificado a las partes con las pruebas de la solicitud de extinción de acuerdo al art. 314 del CPP, diligencias que recién se hicieron efectivas el 1 del mismo mes y año, quienes tenían el plazo de tres días para contestar la excepción, feneciendo el mismo el 8 de ese mes y año; empero, la Jueza demandada no emitió actuado alguno sobre la extinción de la acción penal interpuesta.

Refirió que solicitó la cesación a su detención preventiva, señalándose audiencia para el 14 de agosto de 2015, a horas 9:00, pero no se le notificó por negligencia del Oficial de Diligencias del Juzgado; por lo que nuevamente solicitó audiencia que fue fijada para el 2 de septiembre de igual año, que tampoco fue notificada a todos los sujetos procesales ni al Director del Centro Penitenciario “Palmasola” para viabilizar su salida; señalándose nueva audiencia para el 8 del referido mes y año, la cual también fue suspendida.

Finalmente, dichas omisiones de resolver de acuerdo a procedimiento sus solicitudes de extinción de la acción penal y cesación a la detención preventiva, por negligencia e inoperancia y menos control de la Jueza demandada a sus dependientes, derivan en que su persona este detenido indebidamente desde el 20 de julio de 2015.