Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante estima lesionados sus derechos a la estabilidad e inamovilidad laboral, a la seguridad social, al libre ejercicio de sus funciones, a la no discriminación y a la familia; citando al efecto los arts. 8.II, 9.4, 5 y 6, 13.I, 14.I y II, 15, 24, 46, 48.VI, 49.III, 70, 71.I y II; y, 72 de la Constitución Política del Estado (CPE); 7, 8, 23.1, 2 y 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 6.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con el único requisito previo de recurrir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo denunciando este hecho, a objeto de que estas entidades una vez establecido el retiro injustificado conmine al empleador a la reincorporación inmediata en los términos previstos por el DS 0495, y ante su incumplimiento se hace viable la tutela constitucional a través de la acción de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- 10 de septiembre de la presente gestión
- REVOCAR en parte