Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
II.1.
II.1. De la documentación aparejada, se evidencia la existencia de los contratos administrativos de personal eventual 163/2015 de 2 de enero (fs. 1 a 2), 2359/2015 de 1 de abril (fs. 3 a 4); y, 2853/2015 de 4 de mayo (fs. 5 a 6); asimismo, cursa carnet de discapacidad 06-19731102DAE y 00042619, expedido por CODEPEDIS, el 17 de enero de 2013 (fs. 20).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con el único requisito previo de recurrir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo denunciando este hecho, a objeto de que estas entidades una vez establecido el retiro injustificado conmine al empleador a la reincorporación inmediata en los términos previstos por el DS 0495, y ante su incumplimiento se hace viable la tutela constitucional a través de la acción de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- 10 de septiembre de la presente gestión
- REVOCAR en parte