Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
II.1.
II.1. La demandada Victoria Choma Antiare, suscribió un documento de venta de posesión de una fracción de lote de terreno con Victor Blanco Patzi –ahora accionante–, el 21 de agosto de 2009, mediante el cual le transfirió 1 128 m2, ubicado dentro del radio urbano menor, sobre la calle “Rafael Flores Villarroel, Zona Este, Barrio San José Obrero, Manzana s/n, UV s/n, de la tercera Sección Municipal de la Provincia Chiquitos, departamento de Santa Cruz” (sic), por un monto de Bs1 000.-, que fue objeto de reconocimiento de firmas (fs. 2 a 3 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- 1)
- III.2.
- Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales
- III.3. Las medidas de hecho y su aplicación como excepcionalidad en la acción de amparo constitucional
- el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia
- III.4. La garantía del derecho a la propiedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR