SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

concedió

La Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar Primero, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 11/2016 de 6 de mayo, cursante de fs. 38 a 39, concedió la tutela, disponiendo la conminatoria al Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de la misma ciudad, ordene a quien corresponda la remisión del legajo de apelación ante el superior en grado en el plazo de 48 horas, bajo los siguientes fundamentos: a) Hasta la realización de la acción de libertad, la apelación no fue remitida al Tribunal de alzada, siendo evidente la dilación indebida atribuible al Juez que conoce la causa; b) La acción de libertad es interpuesta contra la actual y anterior titular Secretaria Abogada del citado Juzgado, aclarando que la jurisprudencia constitucional estableció que los secretarios, actuarios y oficiales de diligencias no tendrían legitimación pasiva para ser demandados, señalado por la SCP 1216/2012 de 6 de septiembre; y, c) Además, menciona que la administración de justicia está encomendada a los órganos jurisdiccionales del Estado, por lo que, serían los jueces quienes ejercen esa jurisdicción debiendo ordenar a su personal subalterno el fiel cumplimiento de sus funciones, mismo que corresponde en el caso de autos, por ende la concesión de la tutela no abarca a las mencionadas Secretarias.