SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante la Corte Superior de Justicia, en el término de veinticuatro horas.

         Del entendimiento jurisprudencial, se advierte que el trámite del referido medio de impugnación, no puede estar sujeto a dilaciones indebidas que tendieren a demorar la pronta definición de la situación jurídica del imputado, consiguientemente debe tramitarse dentro de los plazos establecidos por la norma adjetiva penal. Además, cuando el recurso de apelación incidental, hubiere sido planteado oralmente en audiencia, deberá ser concedido en el acto y remitido inexcusablemente en el plazo improrrogable de veinticuatro horas y el tribunal de alzada resolver en el término de setenta y dos horas, para disponer su revocatoria o confirmación.