SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0934/2016-S2
Fecha: 05-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes consideran lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de principio de legalidad; a la tutela judicial efectiva y a la defensa, toda vez que las autoridades demandadas incurrieron en error de interpretación de las normas del Código de Familia, “Ley del Registro Civil” y el Código del Niño, Niña y Adolescente, y el art. 549 inc. 1) del CC, relativas a la filiación y adopción, al sobreponer la voluntad del reconociente ante el vínculo biológico, creando una figura alterna a la adopción al permitir el reconocimiento como hijos a quienes biológicamente no lo son, no obstante que ello no se halla permitido, conforme lo estableció la propia jurisprudencia de los Tribunales de la jurisdicción ordinaria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- i) El principio de la verdad biológica
- ii) El principio de favor filii.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- REVOCAR en parte