Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve, CONFIRMAR la Resolución de 16 de mayo de 2016, cursante de fs. 99 a 102 vta.; pronunciado por el Juez Público Civil y Comercial Primero de Villazón del departamento de Potosí, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sin ingresar al fondo de la causa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 8
- III.2.De la acción de amparo
- III.3.La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.3.Deber de los Jueces y Tribunales de garantías de verificar la concurrencia de requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR