SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

Fragmento 22

Ahora bien, precisamente la jurisprudencia constitucional también estableció que a efectos de que el Tribunal Constitucional –ahora Plurinacional- pueda corregir una errónea interpretación y aplicación de la ley se debe cumplir ciertos presupuestos procesales, en este entendido, la SCP 0296/2016-S2 de 23 de mayo, reiterando distintos entendimientos jurisprudenciales señaló: “La jurisprudencia constitucional establece que la interpretación de la legalidad ordinaria corresponde a las autoridades judiciales o administrativas en conocimiento del proceso respectivo, debiendo -toda supuesta inobservancia o errónea aplicación de la misma- ser corregida a través de la jurisdicción ordinaria.