SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

i) Los jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Chuquisaca,

Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva, a la personalidad jurídica y a la igualdad; y, a los principios de interpretación como la prevalencia del derecho substancial sobre el formal, pro actione y progresividad; y, reserva legal, alegando que las autoridades demandadas realizaron los siguientes actos ilegales: i) Los jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido contra Luis Germán Leytón, emitieron el Auto de apertura de juicio oral de 3 de julio de 2015, en el que se aperturó el juicio tan solo en base a la calificación del delito de estafa previsto por el art. 335 del CP y no estafa agravada, conforme se tenía de la imputación, acusación fiscal y se concluyó de la querella y acusación particular, además aceptaron dicha calificación al declarar fundada la excepción de extinción de la acción penal deducida por la defensa, pese a que el Ministerio Público hizo notar que se trataba de un caso con víctimas múltiples y que contradictoriamente en sus Considerandos hizo referencia solo a tres; y, ii) Los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, apelada la Resolución que declaró fundada la excepción de extinción de la acción penal, emitieron el Auto de Vista 468/2015, declarando improcedente el recurso de apelación incidental y desconociendo los beneficios que otorga la Ley General para Personas con Discapacidad, eligiendo la prevalencia de lo formal por encima del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, además de vulnerarse los arts. 76.1, 79 y 342 del CPP.