Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1007/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.1.
II.1. El 18 de mayo de 2016, mediante informe médico presentado al Juzgado, el Médico de la Dirección Departamental del Régimen Penitenciario Edwin Carlos Sumi Quispe, con el diagnostico contusión en muslos, cabeza y fractura de clavícula derecha, solicitó y recomendó salida médica al servicio de traumatología del Hospital de Clínicas Universitario a favor de José Fernando Nogales Isita (fs. 19).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- el mismo carácter y finalidad de protección a la libertad física o personal, o de locomoción y al debido proceso vinculado con la libertad, además de haber ampliado su ámbito de aplicación y protección haciéndola extensible al derecho a la vida, por lo que se constituye en una garantía constitucional por el bien jurídico primario (vida)
- Siendo la acción de libertad la garantía constitucional de carácter jurisdiccional idónea y efectiva para resguardar los derechos a la vida,
- III.3.
- Fragmento 12
- CONFIRMAR