Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2016-S1
Fecha: 21-Oct-2016
II.3.
II.3. El 23 de mayo de 2016, las autoridades ahora demandadas, mediante el “Auto Nacional Agroambiental S1 38/2016”, resolvieron el recurso de casación, disponiendo la nulidad de obrados, “…hasta fs. 220 inclusive, correspondiendo a la Jueza Agroambiental de Tarija, ejerciendo efectivamente su rol de directora del proceso, antes de resolver el incidente oficiar al Gobierno Municipal de Tarija, la remisión de la Ordenanza Municipal debidamente Homologada o Ley Municipal que determine el área urbana del municipio, a fin de emitir pronunciamiento y definición motivada respecto a su competencia…” (sic) (fs. 264 a 266).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.3. La igualdad de partes procesales
- III.4. Análisis del caso concreto
- toda la prueba documental
- también
- CONFIRMAR