SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1026/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1026/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

II.16

II.16.  Por memorial presentado el 28 de marzo de 2016, el apoderado del demandante “Jorge Gutiérrez Santiago”, solicitó la cancelación de la anotación preventiva dispuesta por Resolución de 23 de junio de 2014, sobre las acciones y derechos que tiene su mandante sobre el lote de terreno signado con el número 5, ubicado en la zona Sarco comprensión Cercado registrado en DD.RR, bajo la matrícula computarizada 3.01.1.02.0011094; alegando que el Tribunal de alzada al haber dispuesto esta medida, actuó ilegalmente y sin competencia, en razón a que la competencia del Tribunal de alzada se encuentra establecida por el art. 236 del CPC, señala que el auto de vista deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de apelación y fundamentación (fs. 1180 a 1181).