SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1040/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1040/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

I.2.1. Ratificación de la acción

La accionante, por intermedio de su abogado, en audiencia, se ratificó en los términos de su memorial de acción de amparo constitucional, y señaló que: Se vulneró el derecho a la propiedad y el debido proceso, toda vez que los demandados junto con otras personas ingresaron al inmueble de manera violenta. Así también se cumplió los requisitos establecidos en la “SC 1516/2011” en cuanto a la subsidiariedad, en el presente caso procede la acción de amparo constitucional porque se demostró el derecho de propiedad que tiene la accionante, las vías de hecho conforme el informe emitido por la Policía Boliviana, el Acta de intervención notarial donde se refiere que constan personas ajenas al derecho propietario, de igual manera se demostró con la certificación emitida por el Tribunal Departamental de Justicia de Tarija que no existe proceso alguno entre las partes de esta acción; hay un daño irreparable y latente porque el inmueble actualmente se encuentra ocupado por Félix Soruco Real y otros, habiendo el demandado solicitado un monto de dinero para desalojar el inmueble, solicitando se derive la apertura de proceso penal por el ilícito de avasallamiento.