SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2016-S1

Fecha: 26-Oct-2016

se efectúa a partir de la última resolución

Siguiendo este razonamiento e identificada la problemática planteada, es necesario igualmente aclarar que la revisión excepcional de las determinaciones asumidas en vía ordinaria o administrativa, se efectúa a partir de la última resolución; por cuanto, el accionante tuvo la posibilidad de revisar, modificar y/o anular las determinaciones asumidas por las autoridades de menor jerarquía. Bajo ese contexto, se advierte que la Sentencia 135/2015, fue el fallo de última instancia, que dispuso confirmar la deuda tributaria del accionante, correspondiendo entonces efectuar el examen a partir de esta decisión final; por cuanto, a través de ella se agotó la vía ordinaria. Consecuentemente, corresponde emitir un pronunciamiento únicamente en lo atinente al contenido de la Sentencia 135/2015, a efectos de establecer si en dicha labor, las autoridades demandadas vulneraron el debido proceso en sus elementos de congruencia, debida fundamentación y motivación de las resoluciones, en los términos que fueron expuestos por el accionante, a cuyo fin, corresponde efectuar un análisis exhaustivo de los parámetros de la demanda contenciosa administrativa y el correspondiente fallo.