SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2016-S1
Fecha: 26-Oct-2016
II.8
II.8. El 27 de octubre de 2014, Roberto Antonio Ramírez Torres, Fiscal Departamental de Chuquisaca, emitió Resolución Jerárquica por la cual ratificó la Resolución de Rechazo de 19 de septiembre de 2014, enmarcada en la causal del art. 304.4 del CPP, por la presunta comisión del ilícito de insultos y agresiones verbales por motivos racistas y discriminatorios previsto en el art. 181 Nonies del CP, disponiendo su archivo solo sobre ese delito; y, revocó la aludida Resolución por la presunta comisión del delito de discriminación tipificado en el art. 281 sexies del CP, disponiéndose la complementación de la investigación y en observancia del principio de objetividad requerir lo que en derecho corresponda (fs. 54 a 59).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.2
- II.4
- II.5
- II.8
- II.12
- II.13
- II.15
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- Fragmento 17
- III.3
- III.4
- III.5.Análisis del caso concreto
- Fragmento 21