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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2016-S2

    Fecha: 24-Oct-2016

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    Denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso, a una justicia pronta y oportuna, así como los principios de celeridad y continuidad, citando al efecto los arts. 9, 13, 22, 23, 115, 120 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).   

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.   Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • en consecuencia, tratándose de la procedencia de la acción de libertad en relación al debido proceso, debe entenderse que la inobservancia a éste -debido proceso-, ha sido la causal principal para la afectación del bien jurídico libertad; pues, de lo contrario, si los actos emergentes del procesamiento no ponen en riesgo la libertad y no ocasionan su restricción, no podrán ser evaluados y considerados a través de la acción de libertad, correspondiendo su tratamiento, una vez agotados todos los medios intra procesales, a la acción de amparo constitucional,
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • 1 de agosto de 2016
    • Fragmento 16
    • CONFIRMAR en todo

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