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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S3

    Fecha: 03-Oct-2016

    I.2.2. Informe de la persona demandada

    Claribel Luzda Espinoza Sallez, a través de su abogado en audiencia manifestó que, previamente debía agotarse las vías legales, ya que existe una denuncia ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la cual impide acudir paralelamente a la justicia constitucional, sin quebrantar el principio de subsidiariedad.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.2. Informe de la persona demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Excepción al principio de subsidiariedad ante la existencia de medidas de hecho
    • requiere de la demostración de la inminencia e irreparabilidad del daño
    • III.2.
    • REVOCAR
    • 2°  Disponer

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