Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S3
Fecha: 03-Oct-2016
II.1.
II.1. Cursan muestras fotográficas, en las que se evidencia a José Aldo Carcagño Chevarria -ahora accionante- en varios sectores del inmueble donde estarían retenidas sus herramientas de trabajo; asimismo, se observa a los trabajadores y obreros que aparentemente estuvieran realizando sus funciones en el mismo lugar (fs. 2 a 20 y 50 a 52).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad ante la existencia de medidas de hecho
- requiere de la demostración de la inminencia e irreparabilidad del daño
- III.2.
- REVOCAR
- 2° Disponer