Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S3
Fecha: 03-Oct-2016
II.3.
II.3. Por Declaraciones Juradas voluntarias, Aquilino Villegas Ríos y Hugo Zamora Cochi, atestiguaron que trabajaron como obreros en el inmueble ubicado en calle 4 de la zona Obrajes 25 -domicilio de la madre de la demandada-; y que las herramientas e implementos de trabajo utilizados en la obra de remodelación del mencionado inmueble son de propiedad del ahora accionante, mismos que se encuentran retenidos en el interior del referido inmueble desde el 16 de mayo del 2016, “a la fecha” (fs. 54 y 55).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad ante la existencia de medidas de hecho
- requiere de la demostración de la inminencia e irreparabilidad del daño
- III.2.
- REVOCAR
- 2° Disponer