SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1057/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1057/2016-S3

Fecha: 03-Oct-2016

II.1.

II.1.  En cuanto a Milenka Leonor Sandy Azeñas -hoy accionante-, cursa el primer contrato de trabajo a plazo fijo de 26 de mayo de 1995 (fs. 2), siendo promovida  al cargo de Secretaria III con ítem 90 y nivel 14 al área de Servicios Generales mediante memorando de 16 de junio de 1999 (fs. 4). Posteriormente, fue nuevamente promovida en agosto de 2007 para desempeñar las funciones de Secretaria de la Dirección Jurídica Legal, con ítem 29, nivel 12 de la partida presupuestaria del Régimen de Administración (fs. 5). Finalmente, ante la denuncia verbal de despido presentada ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, solicitando su reincorporación (fs. 12), se expidió la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S.495/EVG 012/2016 (fs. 14 a 15), misma que no fue cumplida, por lo que se certificó que quedó agotada la vía administrativa (fs. 20).