SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1057/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1057/2016-S3

Fecha: 03-Oct-2016

III.1.  Identidad de sujeto, objeto y causa en el amparo constitucional

En ese mismo sentido, el entonces Tribunal Constitucional, a través de la SC 0746/2011-R de 20 de mayo, estableció que: “…no es posible activar paralelamente las dos acciones tutelares; es decir, que mientras el primer amparo constitucional, está en grado de revisión ante el Tribunal Constitucional, sea ante la Comisión de Admisión o ante el Pleno, se interponga una nueva acción, en ese caso, es aplicable la improcedencia o denegatoria por identidad de sujeto, objeto y causa, dado que puede generar una duplicidad de fallos y denota temeridad de la parte accionante al no esperar el primer fallo por parte del Tribunal Constitucional, no pudiendo deducir el mismo, sino esperar.