Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1060/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
II.7.
II.7. Por Resolución Ministerial 328/2016 de 30 de junio, el Ministro de Educación, el Viceministro demandado y la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, ampliaron el plazo por setenta días hábiles administrativos adicionales, para que la universidad demandada realice la entrega de los certificados de notas y programas analíticos a los estudiantes; asimismo se amplió el plazo de diez días hábiles administrativos para que la misma entidad remita al Ministerio de Educación las listas y actas de notas (fs. 138 a 140).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre el derecho de petición
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- el mismo sea un vehículo para el ejercicio de otros derechos que requieren de la información o la documentación solicitada para su pleno ejercicio; por tal motivo,
- La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud
- III.3. S
- III.4.
- CONFIRMAR en todo