SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2016-S3

Fecha: 05-Oct-2016

el empleador del sector público o privado se encuentra compelido u obligado a continuar con la prestación de subsidios al ser en gestación o, al niño o niña hasta que cumpla un año de edad

Consecuentemente, disuelto el vínculo laboral (…) el empleador del sector público o privado se encuentra compelido u obligado a continuar con la prestación de subsidios al ser en gestación o, al niño o niña hasta que cumpla un año de edad (…) Prestaciones, que -reiterando- deberán ser cubiertas por el empleador aún cuando ya no exista la relación laboral emergente de un despido determinado en debido proceso” (las negrillas son añadidas), ya que el asumir un entendimiento distinto y prorrogar la efectivización de la sanción hasta el tiempo en que el menor alcance un año de vida sería ir contra la norma que regula la inmovilidad y que textualmente prescribe que no gozarán del beneficio de inamovilidad laboral la madre y/o padre progenitores que incurran en causales de conclusión de la relación laboral atribuible a su persona, como ocurre en el presente caso.

Por lo expuesto anteriormente, en el caso concreto, se evidencia que el proveído emitido por la autoridad ahora demandada se encuentra debidamente fundamentado y motivado, sin que pueda aducirse la vulneración de los derechos al trabajo y a la inamovilidad laboral de la accionante, pues su destitución devino de un proceso disciplinario en el que se demostró la comisión de la falta disciplinaria muy grave prevista en el art. 121.18 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, razón por la cual corresponde denegar la tutela impetrada.