SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2016-S3

Fecha: 17-Oct-2016

I.1.1.Hechos que motivan la acción

El 6 de abril de 2016, a menos de un mes del suceso, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (ENTEL S.A.) remitió a la Fiscal asignada al caso, un reporte de la triangulación de su número de teléfono celular -mismo que fue secuestrado al momento de su aprehensión-, el cual señala que estuvo en el centro de la ciudad de Cochabamba hasta las 20:30, razón por la que solicitó la realización de una pericia, librándose requerimiento fiscal para tal efecto; posteriormente, el perito Diego Rojas Castro, emitió su informe el 25 de junio de igual año y apoyándose en las filmaciones de seguridad concluyó que su persona se encontraba a varios kilómetros de distancia al momento del hecho delictivo, prueba que fue presentada en audiencia de 31 de mayo del referido año, ante el Juez Público Mixto e Instrucción Penal de Colcapirhua del departamento de Cochabamba -hoy demandado-, para demostrar que no es autora del delito que se le imputó; sin embargo, esa prueba fue anulada por la Resolución de 18 de julio del citado año, aduciendo que no se siguió la cadena de custodia en las grabaciones.