SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2016-S3

Fecha: 19-Oct-2016

denegó

La Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 07/2016 de 1 de julio, cursante de fs. 102 a 106 vta. denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) Los Contratos Administrativos de Personal Eventual GOB/RR.HH/550/2015 y GOB/RR.HH/0551/2015, que vienen a ser los últimos  contratos suscritos entre la autoridad ahora demandada y los hoy accionantes, a plazo fijo, son computables del 23 de octubre al 31 de diciembre de 2015; mismos que en sus Cláusulas Séptimas señalan que se encuentran fuera del ámbito de la aplicación del Régimen Laboral de la Ley General del Trabajo; ii) La línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional Plurinacional respecto a los límites de los contratos a plazo fijo, tanto el empleador como el trabajador conocen desde el principio la relación laboral, la fecha cierta y concreta de la conclusión de la misma, por lo que no es posible obligar a la autoridad ahora demandada a continuar con el contrato porque ya se extinguió lo acordado; y, iii) Los accionantes refirieron que siempre estuvieron sujetos a contratos a plazo fijo, razón por la cual conocían de la conclusión de los mismos, pese a ser personas con discapacidad.