Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2016-S3
Fecha: 24-Oct-2016
II.4.
II.4. Consta Auto de Vista 273/2015 de 24 de diciembre, por el cual, Virginia Janeth Crespo Ibánez y Adán Willy Arias Aguilar, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandados-, declararon improcedente el recurso de apelación interpuesto por la accionante y por consiguiente confirmaron la Resolución 032/2015 y su Auto complementario de 13 de mayo de 2015 (fs. 79 a 81).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación y congruencia de las resoluciones
- permite a las partes conocer
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- c)
- e)
- CONFIRMAR