DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2016

Fecha: 08-Nov-2016

ARTÍCULO 40. (ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL)

30. Autorizar mediante Resolución emitida por el voto de dos tercios del total de sus miembros, la enajenación de bienes de dominio público y de patrimonio institucional del Gobierno Autónomo Municipal, para que la Alcaldesa o el Alcalde prosiga con lo dispuesto en el numeral 13 del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.