DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2016

Fecha: 08-Nov-2016

no ha previsto una excepción a las prohibiciones establecidas para el ejercicio del cargo de Alcalde o Alcaldesa y Concejales o Concejales Municipales

c)   Finalmente con respecto a la “excepción de la docencia universitaria en horarios compatibles con la gestión municipal” señalo: “Por otra parte, la norma en estudio señala que la docencia universitaria constituye excepción al ejercicio simultáneo de otro cargo público, previsión que sale del marco normativo glosado en los párrafos precedentes, por cuanto la Constitución Política del Estado no ha previsto una excepción a las prohibiciones establecidas para el ejercicio del cargo de Alcalde o Alcaldesa y Concejales o Concejales Municipales; consiguientemente, la norma institucional básica no constituye un instrumento idóneo para incorporar en el régimen del servidor público una excepción al ejercicio simultáneo de un cargo público, pues se considera que corresponde a una ley del nivel central del Estado, en cumplimiento de lo establecido en el art. 297.II de la CPE, definir todos los aspectos inherentes al régimen del servidor público, entre ellos claro está la excepción que se pretende regular en el numeral en examen”.