DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Control previo de constitucionalidad

La DCP 0117/2015, analizó esta disposición, conforme a la línea jurisprudencial contenida en la DCP 0008/2015 de 14 de enero, por lo que se observó la falta de la condicionante referida a la jerarquía jurídica interna ordenada de acuerdo a las facultades y atribuciones de cada órgano del gobierno municipal; además se declaró incompatible el término “fundamental”.

Ahora, de una revisión del texto normativo, se tiene que el estatuyente modificó íntegramente la norma; sin embargo, no la ha adecuado de conformidad a los parámetros dispuestos por la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, que esencialmente solo observó la terminología de “personas con capacidades diferentes”.

La DCP 0117/2015, declaró incompatible esta disposición, debido a que se subsumía la asunción de las competencias transferidas y delegadas a la voluntad de la ETA municipal, lo que vulnera el art. 302.II de la CPE. En ese antecedente, se advierte que el texto adecuado establece la asunción, sin reatarla a la voluntad de la institucionalidad municipal de San Joaquín, disponiendo que lo hará mediante ley.