DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016

Fecha: 15-Nov-2016

compatibilidad

Cabe puntualizar que conforme se tiene establecido por este Tribunal en la DCP 0001/2013, antes referida, el gobierno autónomo municipal, en aquello que no sea su competencia tendrá que sujetarse a las normas del nivel central del Estado. Bajo este entendimiento se declara la compatibilidad del artículo estudiado.

Por consiguiente, se declara la compatibilidad del precepto siempre que en su aplicación se entienda que el deliberante de la ETA se limita a aprobar el proyecto de reforma, pero la aprobación de la misma para su vigencia, corresponde a la ciudadanía mediante referendo, previo control de constitucionalidad.

La compatibilidad del texto analizado se encuentra condicionada a que la inclusión de la frase “…proyectos que garanticen la inversión en la producción agrícola” no implique limitación a que la ETA incluya proyectos en todas las áreas y materias siempre dentro del marco de sus competencias, considerando los fines del Estado (en todos sus niveles) previstos en el art. 9 de la CPE.