DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Fragmento 35

Con las consideraciones señaladas el art. 62.I.2 de la LMAD, establece como contenidos mínimos para estatutos autonómicos y cartas orgánicas a la: “Identidad de la entidad autónoma”, aspecto que la DCP 0008/2013 ha interpretado de la siguiente manera: “Compuesto por elementos objetivos y subjetivos que cohesionan las particularidades en un “espacio común”, un “imaginario colectivo” y diferenciables frente a las demás de su género que en su especificidad están más allá del control constitucionalidad, salvo que se invista de relevancia constitucional o implique una afectación a los derechos” ; en tal sentido, el artículo en cuestión no reviste incompatibilidad alguna.