DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Disposición Transitoria Segunda

Disposición Transitoria Segunda.- El Concejo Municipal y el Ejecutivo Municipal, sancionarán y promulgarán las leyes y normas de manera progresiva, tendientes a la efectiva aplicación de la Carta Orgánica Municipal. Toda ley municipal que implique gastos o inversión deberá establecer la fuente de los recursos, la manera de cubrirlos y la forma de su inversión.