Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0132/2016 de 15 de noviembre, correlativa a la DCP 0050/2015 de 26 de febrero.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0132/2016 de 15 de noviembre, correlativa a la DCP 0050/2015 de 26 de febrero.

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 82º.- (De la desconcentración Administrativa de Servicios y funciones)

Artículo 82º.- (De la desconcentración Administrativa de Servicios y funciones) Los distritos municipales del Gobierno Autónomo Municipal de Arampampa, en los cuales no llegan a satisfacer la competencia municipal traducidos en los planes, programas y proyectos de forma directa, estos serán delegados a las sub alcaldías creadas jerárquicamente dependiente en sentido descendente, previo complimiento de los requisitos y términos legales para la desconcentración así como la propia posibilidad del ejercicio competencial conforme a ley”.