SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1096/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1096/2016

Fecha: 03-Nov-2016

II.3.

II.3.  El 6 de abril de 2016, el Tribunal Primero de Sentencia Penal de Vallegrande, en acta de suspensión de juicio oral, pronuncio Auto que declaró: i) Rebelde al acusado, Hugo Wilder Castro Román, expidiéndose al efecto el correspondiente mandamiento de aprehensión, encomendando su ejecución o captura a la Policía Boliviana, conforme disponen los           arts. 227.2, 296 y 297 del CPP; disponiéndose en forma accesoria:           a) Arraigo del acusado en el territorio nacional, debiendo oficiarse a la Dirección Departamental de Migración; b) Publicación de sus datos y señas personales para su búsqueda y aprehensión, debiendo labrarse los edictos correspondientes para su publicación en un diario de circulación nacional por dos veces consecutivas; c) Embargo de sus bienes inmuebles y muebles que fueren de su propiedad; y, d) Se ratificó la designación de la abogada de oficio, Jimena Requena Siles; ii) Se ordenó al secretario del Tribunal Primero de Sentencia Penal de Vallegrande la custodia y conservación de las actuaciones y de los instrumentos o piezas de convicción ofrecidas como pruebas; iii) Suspender la audiencia de juicio oral y público hasta que el acusado rebelde sea presentado ante dicho Tribunal; y, iv) Debiendo remítirse por Secretaría antecedentes de la declaratoria de rebeldía al Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) (fs. 2 a 11).