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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1173/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1173/2016-S2

    Fecha: 07-Nov-2016

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    Denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su vertiente debida fundamentación, a la defensa en cuanto a la valoración objetiva de la prueba y al principio de verdad material, citando para el efecto el art. 115.I y II, 117.I, 179.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • la parte procesal que se considere agraviada con los resultados de la apreciación efectuada dentro de un proceso judicial o administrativo, debe invocar la lesión a sus derechos fundamentales y expresar
    • Asimismo, es imprescindible también, que el recurrente señale en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final;
    • sin embargo, en todos los casos la competencia de la justicia constitucional se reduce a determinar si la prueba fue o no valorada pero no a establecer como debe ser compulsada y menos a valorarla’
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 17
    • REVOCAR en todo

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