Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1204/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
II.4.
II.4. Luís Alberto Canido Balcázar, en representación de Álvaro Escalante Arenales, presentó apelación contra el Auto Interlocutorio 284, arguyendo falta de traslado con la excepción y fundamentación insuficiente en el Auto apelado, ausencia del acta de presentación, la naturaleza de los delitos convertidos a acción privada, aplicación de los arts. 308.4 con relación al 27.5 del CPP y la parte que debe desistir (fs. 704 a 707), que fue concedido mediante Auto de 18 de diciembre de 2015 (fs. 711).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.El debido proceso, la fundamentación y congruencia de las resoluciones
- III.3.La garantía de la tutela judicial efectiva
- III.4.
- CONFIRMAR