SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1204/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
III.4.
Del análisis de los antecedentes cursantes en obrados; se tiene que, dentro del proceso penal seguido por Álvaro Escalante Arenales contra Marco Foianini Landívar y Jesús Medina Burgos, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, el 10 de julio de 2015, Luís Alberto Canido Balcázar, en representación de Álvaro Escalante Arenales, retiró el desistimiento, alegando haberse presentado sin su conocimiento y en fotocopia simple, mediante proveído de 13 del citado mes y año, el Juez Segundo de Partido y Sentencia Penal de Montero del departamento de Santa Cruz, determinó por no presentado y retiró el desistimiento, manifestando que fue presentado en fotocopia no legalizada y sin el acta de comparecencia del que desiste.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.El debido proceso, la fundamentación y congruencia de las resoluciones
- III.3.La garantía de la tutela judicial efectiva
- III.4.
- CONFIRMAR