SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1221/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1221/2016-s2

Fecha: 22-Nov-2016

concedió

El Juez Primero de Ejecución Penal del El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 469/2016 de 20 de septiembre, cursante de fs. 22 a 23, concedió la tutela solicitada, disponiendo que el Director del Recinto Penitenciario San Pedro, regrese en el día al interno a su celda y proceda, si el caso amerita, dar aplicación, en lo que corresponde, los artículos del Título IV, Capitulo I de la LEPS, fundando la resolución en lo siguiente: 1) De la revisión de antecedentes, no se verifica la vulneración al derecho de libertad, pero existe vulneración al principio de legalidad, al derecho al debido proceso y de recurrir, en mérito a que comprueba la arbitrariedad del acto, ya que no se llevó a cabo la audiencia que está establecida en el art. 123 de la LEPS, ni se escuchó a la defensa del interno, procediendo a trasladar al mismo al lugar de castigo, sin que exista Resolución fundamentada, a la cual el interno tenía el derecho de apelar ante el Juez de Ejecución Penal; y. 2) Si el Director demandado consideró que el interno había incurrido en una falta, lo que correspondía era proceder conforme lo establecido en el art. 130.9 de la LEPS, así como dar cumplimiento a lo establecido por los artículos que conforman el Título IV, Capítulo I de la Ley señalda; vale decir, llamar a audiencia, escuchar a la defensa del interno, pronunciar resolución fundamentada, cumplir con la notificación respectiva y esperar la ejecutoria de la sanción respectiva, lo que no hizo; por lo que, corresponde conceder la tutela solicitada por el accionante.