SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
II.10.
II.10.Cursa Auto de Observación de 9 de septiembre de 2014, por el cual, Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva Regional a.i. de la ARIT Santa Cruz, previamente a la admisión, observó que el recurso jerárquico interpuesto por Carlos Enrique Guna Parada en representación legal de Productos Avon Bolivia Ltda., pues no señalaba específicamente la autoridad ante la que interpuso el recurso administrativo; considerando que, el recurrente cambió su denominación social, y debía adjuntar los documentos respaldatorios de su personería (escritura pública de cambio de denominación social) en original o fotocopia; y que se debía adjuntar el original o copia fotostática del documento que contiene el acto contra el que se recurre; concediéndole el plazo de cinco días para subsanar las observaciones, bajo alternativa, en caso de incumplimiento, de rechazar el recurso (fs. 560).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR